Regulación del funcionamiento del Registro de Bienes Muebles. Garantías sobre material rodante ferroviario y equipo aeronáutico
Enviado por Editorial el Vie, 12/04/2024 - 12:07Registro de Bienes Muebles. Regulación del funcionamiento registral y de la documentación que debe aportarse en lo referente a los registros internacionales de garantías sobre material rodante ferroviario y sobre equipo aeronáutico.
En los respectivos instrumentos de adhesión tanto al Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo aeronáutico, del Convenio de Ciudad del Cabo, hecho el 16 de noviembre de 2001, relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil, como al Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de material rodante ferroviario, del Convenio de Luxemburgo, relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil, hecho el 23 de febrero de 2007, el Reino de España realizó sendas declaraciones determinando que el Registro de Bienes Muebles sea el punto de acceso autorizante para transmitir al correspondiente Registro internacional la información necesaria para la inscripción de las garantías internacionales, así como los avisos de garantías nacionales.