Cesión de préstamo usurario: legitimación pasiva del prestamista cedente

El presente caso aborda el problema jurídico que se plantea a la hora de determinar quiénes pueden ser legitimados pasivos, en la acción del prestatario encaminada a lograr la declaración de nulidad de un préstamo por usurario, cuando el prestamista originario ha cedido el crédito a otro tercero cesionario. La nulidad del contrato de préstamo por ser usurario, puede hacerse valer frente al cesionario sin necesidad de demandar también al cedente; pero puede estar justificada la demanda contra este último para asegurarse el demandante el eventual derecho a la devolución de la diferencia a favor del prestatario, entre el principal del préstamo y lo que se ha pagado por la prestataria por todos los conceptos.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 278 (marzo 2024)