Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Nuevo Código de Buenas Prácticas para deudores en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos de interés

Se publica en el BOE de 22 de noviembre el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, por el que se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, se modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios.

Con el objeto de paliar el alza acelerada de los tipos de interés, se establece un nuevo Código de Buenas Prácticas de naturaleza transitoria (con duración de veinticuatro meses), al que podrán adherirse de forma voluntaria las entidades de crédito y demás entidades que conceden préstamos o créditos hipotecarios. Las nuevas medidas que regula, podrán ser solicitadas por los deudores de préstamos constituidos hasta el 31 de diciembre de 2022, para adquirir viviendas habituales cuyo precio de adquisición no exceda de 300.000 euros. Se modifica por tanto el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios que contenía el anterior Código de Buenas Prácticas.

Anteproyecto de Ley de Transparencia para regular la actividad de los 'lobbies' en el sector público

El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el anteproyecto de Ley de Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés. Se trata de la norma que permitirá regular por primera vez la actividad de los también conocidos como 'lobbies' en sus relaciones con la Administración General del Estado (AGE) y su sector público.

Se trata de un texto en el que se contempla la creación de un Registro de Grupos de Interés, que será de obligatoria inscripción y en el que se específica a qué personas físicas y jurídicas puede considerarse como tal.

Además, determinará cuáles son los perfiles de la Administración General del Estado que tendrán que tener en cuenta lo establecido en su articulado a la hora de reunirse o contactar con determinados grupos o individuos.

La futura legislación clarificará las normas bajo las que se deberán producir las relaciones entre quienes buscan ejercer una legítima actividad de influencia y aquellos altos cargos, directivos o empleados de la AGE implicados en la toma de decisiones y en los procesos de elaboración de disposiciones normativas y políticas públicas, además de en la aplicación de estas últimas.

Creación y crecimiento de empresas. Ley Crea y Crece

El Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento Empresas ("Crea y Crece"), publicada en el BOE de 29 de septiembre, dirigida a facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar su crecimiento y expansión.

La Ley "Crea y Crece," es una de las principales reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dirigida a fomentar el dinamismo del tejido productivo y dar respuesta a las demandas y recomendaciones de los diferentes organismos internacionales. La norma ha contado con un amplio respaldo en el Congreso de los Diputados, fruto del intenso diálogo y colaboración parlamentaria, con las Comunidades Autónomas y todos los actores económicos, que ha permitido la incorporación de mejoras durante su tramitación.

La ley impulsa la creación de empresas y facilita su crecimiento y expansión, especialmente de las pymes, poniéndolas en el centro de la política económica. La mejora en el proceso de crecimiento empresarial es esencial, según la evidencia reciente, para aumentar la productividad, la calidad del empleo y la internacionalización, elementos fundamentales para incrementar la competitividad de las empresas e impulsar el crecimiento económico.

Además, la norma reduce y agiliza los trámites y condiciones para la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, fomenta su crecimiento a través de la mejora regulatoria, establece medidas para luchar contra la morosidad en operaciones comerciales e impulsa la financiación alternativa potenciando mecanismos como el crowdfunding, la inversión colectiva o el capital riesgo.

Modificación del Código penal sobre la imprudencia en la conducción de vehículos

Se publica en el BOE de 14 de septiembre, con entrada en vigor al día siguiente, la Ley Orgánica 11/2022, de 13 de septiembre, de modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor.

Tiene el objetivo de cubrir la necesidad de proceder a una nueva reforma del Código Penal para evitar los resquicios de la ley que posibilitan que se archiven imprudencias menos graves cuando se produzcan lesiones o muerte tras la comisión de una infracción catalogada como «grave» en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y que, por rutina, los tribunales consideran «leves» y por tanto no generadoras de responsabilidad penal, en uso de la facultad que les da la norma con esta redacción, cuando señalaba: «apreciada la gravedad de ésta por el juez o el tribunal (referida a la imprudencia menos grave)».

Se reforma el Reglamento de Justicia Gratuita

El Real Decreto 586/2022, de 19 de julio, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, aprobado por el Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, ha aparecido publicado en el BOE de 8 de septiembre y su entrada en vigor está prevista el 28 del mismo mes.

El origen de esta reforma hay que buscarlo en una queja elevada al Defensor del Pueblo por una federación de asociaciones de mujeres, que se tradujo en la recomendación efectuada por aquel al Ministerio de Justicia en octubre de 2021. Tal recomendación consistía en que la asistencia y representación a las víctimas de violencia de género debería llevarse a cabo por abogados y procuradores de los turnos de oficio especializados en esta área que carezcan de antecedentes penales en violencia de género, dado que la prestación de un servicio público de justicia gratuita especializado y de calidad responde, en primer lugar, a la existencia de una relación de respeto mutuo y confianza entre quien ejerce la representación y defensa legal y el beneficiario de justicia gratuita.

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