Sede judicial electrónica
Se publica en el BOE de 16 de junio la Orden JUS/1126/2015, de 10 de junio, por la que se crea la sede judicial electrónica correspondiente al ámbito territorial del Ministerio de Justicia, que crea el Punto de Acceso General (https://sedejudicial.justicia.es), gestionado por el Ministerio de Justicia, a través del cual se podrá acceder a todas las sedes y subsedes judiciales electrónicas creadas dentro del territorio nacional, donde se podrán realizar todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración de Justicia o de los ciudadanos y profesionales en sus relaciones con ésta por medios electrónicos. Se aplica a las Oficinas Judiciales que se hallen bajo la competencia del Ministerio de Justicia.
Para el acceso a los servicios se habilitarán los siguientes canales: a) Para el acceso electrónico, a través de Internet y b) Para los servicios que se ofrezcan mediante atención telefónica, los números de teléfono serán debidamente publicados en la propia sede. Se podrán crear una o varias sedes judiciales electrónicas derivadas de una sede judicial electrónica, accesible desde la principal y por acceso directo.
La Sede Judicial Electrónica entrará en funcionamiento dentro del plazo máximo de seis desde su publicación en el BOE, por lo que el plazo será hasta el 16 de diciembre de 2015.