Vías de actuación frente al ruido desde el punto de vista de la Administración local

La contaminación acústica que soportan los ciudadanos es uno de los principales obstáculos para poder disfrutar tanto de una digna calidad de vida como del derecho a un medio ambiente adecuado. Según proclama el artículo 45.2 de nuestra Constitución, corresponde a los poderes públicos defender y restaurar el medio ambiente por lo que aquellos deben establecer los mecanismos adecuados para facilitar que este se pueda disfrutar lo más libre posible de ruidos. No obstante, a pesar de la confluencia de varios poderes o Administraciones públicas en la problemática de la contaminación acústica, el estudio de las vías de actuación frente al ruido ha de abordarse necesariamente desde un ámbito municipal. En efecto, tanto por su proximidad al ciudadano, como por su incidencia en el modelo de ciudad, los ayuntamientos son los que pueden y, de hecho, deben jugar un papel más importante en la lucha contra la contaminación acústica, interviniendo efectivamente sin adoptar actitudes pasivas ante la problemática del ruido. Porque este ha dejado de ser el típico problema entre vecinos, para pasar a ser un problema de medio ambiente ante el cual las entidades locales no pueden continuar haciendo oídos sordos, nunca mejor dicho. En este trabajo veremos qué vías de actuación otorga el ordenamiento jurídico a los ayuntamientos para poder reaccionar frente a la problemática del ruido en nuestros pueblos y ciudades.

Palabras claves: ruido, medio ambiente, ayuntamientos y vías de actuación.

Miguel Ángel García Gómez
Funcionario con Habilitación de Carácter Nacional
Profesor Colaborador de la Escuela de Administración Pública de Cataluña

Este trabajo ha sido seleccionado para su publicación por: don Manuel Arenilla Sáez, don Ernesto García-Trevijano Garnica, don Federico Andrés López de la Riva Carrasco, don Javier Manchado de Armas y don Alberto Palomar Olmeda.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 171 (abril 2015)

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